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El límite de velocidad máxima en carretera para bicicletas y las excepciones que permite la DGT

En España, según el Reglamento General de Circulación, las bicicletas tienen un límite de velocidad máxima de 45 km/h fuera de poblado o, lo que es lo mismo, cuando circulan en carretera.

Puede que muchos ciclistas no lo sepan, pero en España, según el Reglamento General de Circulación, las bicicletas tienen un límite de velocidad máxima de 45 km/h fuera de poblado o, lo que es lo mismo, cuando circulan en carretera. Por suerte, la DGT permite superar dicha velocidad en en determinadas situaciones.

¿Dónde se puede superar los 45 km/h rodando con una bicicleta? Según el Artículo 48 del Reglamento General de Circulación, se podrá superar dicha velocidad en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior, quedando a criterio del ciclista (o de los agentes de la ley) dicha decisión.

El límite de velocidad máxima en carretera para bicicletas y las excepciones que permite la DGT
Control de tráfico. Foto: Guardia Civil

Obviamente, no está de más señalar que más allá de los permisos especiales, los ciclistas siempre deben respetar las señales de circulación al igual que el resto de usuarios de la vía, incluidas las de limitación de velocidad.

Destacar además que, puesto que las bicicletas no están obligadas a llevar un velocímetro, esta norma no siempre será aplicable, sobre todo si el ciclista alega el desconocimiento de la velocidad a la que circulaba en caso de ser parado por los agentes de la ley.