El Gobierno de España mantiene su plan de desescalada con la previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones de ámbito nacional establecidas en el estado de alarma. En dicho plan, se establecen cuatro fases (0, I, II y III) en las cuales se irán relajando las medidas restrictivas siempre y cuando se cumplan con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias del país, siendo la Fase 1 la que entra en vigor a partir de hoy mismo en muchas comunidades autónomas del país.
La primera de estas fases de desescalada, la Fase 0, se puso en marcha hace dos semanas con la normativa que permitió salir a los niños y la relajación de las restricciones impuestas a los deportistas, que desde el sábado 2 de mayo ya pueden salir a practicar ejercicio. En la Fase 1 y en lo que respecta a los deportistas no profesionales, no hay cambios sustanciales, manteniéndose vigentes las condiciones ya establecidas en la Fase 0.
En la Fase 1, los deportistas profesionales y federados pueden entrenar de forma individual o acompañados pro su entrenador dentro de su provincia. También se permite el entrenamiento de ligas profesionales así como la práctica de actividades deportivas sin contacto. En lo que respecta a los deportistas aficionados, pueden realizar una actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, etc).
Una de las medidas de relajación que entra en vigor en esta nueva etapa de la desescalada es que se regula la práctica deportiva en instalaciones de ciclismo dentro de los territorios que han entrado en la Fase 1, tales como velódromos, pistas escuelas, pistas de BMX, instalaciones de Trial, etc. Los deportistas ya pueden hacer uso de las mismas siempre y cuando se encuentren dentro de su provincia y la visita sea concertada con cita previa.
En lo que respecta a la práctica de actividades deportivas al aire libre en el ámbito no profesional, se mantienen vigentes las dos franjas horarias para que los aficionados puedan salir a hacer deporte. La primera de ellas va de las 6:00 a las 10:00 de la mañana, y la segunda de las 20:00 de la tarde a las 23:00 de la noche. Las condiciones para poder salir en estas horas marcadas son tres: hacerlo de forma individual, solo una vez al día y no salir del municipio donde se reside.
Como novedad, en la Fase 1 las comunidades autónomas ya tienen potestad para regular las franjas horarias referentes a los paseos de los niños y para la práctica deportiva reguladas en la Fase 0, que a partir de hoy podrán empezar hasta dos horas antes y terminar hasta dos horas después siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas. En este sentido, serán las propias comunidades autónomas las que establezcan los nuevos horarios de acuerdo a sus criterios.