A pesar de que por el momento (y esperemos que siga así) no es necesario tener ningún permiso para circular en bicicleta, sí que hay muchas normas que conocer y respetar para poder rodar sobre la bici con mayor seguridad. La mayoría de estas reglas son generales y se aplican en todo tipo de vías, pero algunas son específicas para circular por calles, por carreteras y por autovías.
La DGT, el organismo que regula la normativa de tráfico en España y que vela por la seguridad en las vías públicas, quiere refrescar la memoria de todos los ciclistas publicando una lista con las 20 normas que todo usuario de bicicleta debería conocer y respetar tanto por su seguridad como por la del resto.
Aunque las normas que la DGT pone de relieve se aplican a todo tipo de vías, también se incluyen algunas normas más específicas, entre ellas cómo circular de forma correcta por calles, cómo cruzar pasos de cebra, cómo llevar pasajeros en la bici, cúando y qué cascos utilizar, o cómo hacer uso de las luces en la bici, entre otras medidas.
Las 20 normas de seguridad más importantes para ciclistas
No hacer uso del móvil ni de auriculares: mientras se circula en bici, está totalmente prohibido usar el teléfono móvil. También están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. Los auriculares limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones. La multa en ambos casos es de 200€.
Advertir la frenada: el ciclista puede advertir una frenada brusca moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos. Esta es una señal aconsejable para evitar alcances, en ningún caso obligatoria, ya que requiere soltar el manillar en una reacción muy rápida.
Circular por el carril bici: por seguridad, en ciudad y en carretera es siempre recomendable (no obligatorio) circular por los carriles bici siempre que estén disponibles.
No superar el límite de alcohol: la tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas. Igualmente están obligados, como otros conductores, a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente. Multas de 500€ a 1.000€.
Un pasajero de hasta 7 años: en bicicletas solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en asiento adicional homologado, siempre que el conductor sea mayor de edad.
Uso obligatorio de las luces: siempre que circulen de noche, en pasos inferiores o por túneles, los ciclistas deben llevar unas luces encendidas delante y detrás para ver y hacerse visibles.
Prioridad a los peatones: los ciclistas también deben ceder el paso ante un paso para peatones debidamente señalizado y cuando giran para entrar en otra vía y hay peatones cruzándola, aunque no haya paso. La multa en caso de incumplir esta norma es de 200€.
Prioridad de paso: los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. En el resto de situaciones, deben respetar las prioridades de otros usuarios como establezcan las normas y las señales o, en caso contrario, enfrentarse a una multa de 200€.
Grupos en glorietas: los ciclistas cuando circulan en grupo gozan de prioridad (todos ellos, del primero al último) en las glorietas, al igual que en el resto de las intersecciones, cuando el primero de los ciclistas ya haya entrado en ella.
Incorporaciones seguras: antes de iniciar la marcha, todos los ciclistas deben, como el resto de los conductores, observar la vía a la que se va a incorporar, comprobar que no circulan otros vehículos cerca o que se encuentran tan lejos que no hay peligro alguno para iniciar la marcha y señalizar la maniobra. Incorporarse de forma peligrosa supone una multa de 200€.
Respetar las señales: las señales de los semáforos, al igual que las verticales (stop, ceda el paso, velocidad limitada...), son para todos los conductores, incluidos los ciclistas.
Saltarse un semáforo: es una práctica bastante habitual entre los ciclistas que no queda impune de cara a la ley. En caso de saltarse un semáforo, la multa va de los 150€ a los 500€.
Señalizar maniobras: además de la incorporación a la circulación, en bici también es obligatorio señalizar otras maniobras, como los giros, los cambios de sentido y de carril. Las señales se puede hacer tanto con el brazo derecho, extendiéndolo horizontalmente a la altura del hombro, como con el izquierdo, doblándolo en ángulo. No señalizar una maniobra puede ser motivo de una multa de 200€.
Uso del casco en ciudad: el uso del casco en ciudad es obligatorio solo para los menores de 16 años. Para los demás ciclistas es solo recomendable y siempre aconsejable. No llevar casco cuando es obligatorio está sancionado con 200€.
Cruzar pasos de peatones: en contra de lo que muchos ciclistas piensan, las bicis no tienen prioridad en los pasos de peatones (no confundirlos con los pasos para ciclistas). Para cruzar por un paso de peatones, es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando. En caso contrario, la multa es de 200€.
No circular por la acera: está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones. La multas ascienden hasta los 100€.
Circular por la derecha: en ciudad, las bicicletas deben circular lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados. Y si van en grupo, podrán circular en columna de a dos como máximo.
Elementos reflectantes: cuando sea obligatorio encender las luces, los ciclistas también deberán llevar una prenda reflectante para que los demás conductores puedan distinguirlos a 150 metros de distancia. L amulta por no usar una prenda reflectante es de 80€.
Uso del casco en carretera: en carretera, es obligatorio para todos los ciclistas un casco de protección homologado, con tres excepciones: en subidas prolongadas, por razones médicas o con calor extremo. Es fundamental ponérselo correctamente y llevarlo siempre abrochado para que no pueda salir despedido. Circular sin casco cuando es obligatorio se sanciona con 200€.
Circular por el arcén: en carretera, los ciclistas deben utilizar el arcén de su derecha, si existe, para circular. Solo podrán abandonarlo en descensos prolongados en condiciones seguras. Ocupar la calzada cuando es posible circular por el arcén acarrea una multa de 200€.
Circular en paralelo: los ciclistas tienen permitido circular en filas de dos en carretera, orillándose todo lo posible a la derecha de la vía. En cambio, en tramos sin visibilidad (como curvas) y cuando formen aglomeraciones no podrán circular en paralelo y deberán colocarse en hilera. Circular en carretera en grupos sin orden ni control se castiga con una multa de 100€.