Puede que muchos ciclistas no lo sepan, pero para poder circular por las vías públicas en España, el Reglamento General de Circulación obliga a tener instalados en la bicicleta una serie de componentes que, en caso de no llevarlos, pueden acarrear multas de hasta 200€. Los accesorios en cuestión son un timbre, un juego de luces homologadas y un catadrióptico trasero.
Elementos obligatorios en una bicicleta
La primera y obligada norma, y sin embargo la que la gran mayoría de ciclistas le hace caso omiso, es la de llevar instalado un timbre en la bicicleta. La multa por no llevarlo puede ser de hasta 80€, ya que se trata de un elemento de seguridad obligatorio que, además, debe ser lo suficientemente potente como para advertir de la presencia del ciclista a peatones y otros vehículos.
Los restantes elementos solo son obligatorios cuando se va a circular con la bicicleta en condiciones de poca luminosidad o de noche. Sin embargo, no hay que confiarse, puesto que circular por la carretera y entrar en un túnel sin alguno de estos elementos puede terminar en sanción.
Concretamente, la DGT establece que para circular de noche o en condiciones que disminuyan la visibilidad, como en túneles o con niebla o lluvia fuerte, las bicicletas deben disponer de una luz de posición delantera de color blanco, una luz trasera de color rojo, y un catadióptrico trasero no triangular.
Las luces obligatorias deben ser homologadas, de color blanco delante y rojo detrás. El Reglamento General de Circulación incluye una excepción a estas últimas, que también pueden ser luces parpadeantes siempre que sean de color rojo y no emitan destellos que molesten a otros usuarios de la vía.
En caso de no llevar ninguno de los elementos obligatorios mencionados en este artículo (y en las condiciones descritas), los ciclistas pueden ser sancionados con multas de hasta 200€ en el peor de los casos, e incluso más si se incurre en varias faltas.