Bicicletas

La legislación de las bicicletas eléctricas en Europa se va a revisar, y es muy necesario que lo haga

La Asociación Europea de Vehículos Eléctricos Ligeros (LEVA-EU) y la Comisión Europea han iniciado una serie de reuniones donde se pretende revisar la normativa de las bicicletas eléctricas.

La norma europea que considera como una bicicleta eléctrica aquellas con asistencia al pedaleo hasta una velocidad máxima de 25 km/h y una potencia nominal continua máxima de 250W se ha convertido en un límite legal que impide la expansión de este segmento de la industria ciclista así como la evolución de las tecnologías aplicables al mismo.

Aunque a priori puede parecer una normativa muy lógica, la limitación de la potencia del motor, la limitación de velocidad y otros factores relacionados con la homologación como tal de una bicicleta eléctrica son regulaciones que necesitan urgentemente una revisión para adaptarse a los continuos cambios del sector y a las infinitas posibilidades que ofrecen los vehículos asistidos de dos ruedas con motor eléctrico.

El segmento de las bicicletas eléctricas va mucho más allá de las bicis de montaña, carretera y gravel que acostumbramos a ver en las tiendas y los principales medios informativos del sector. También comprende otras alternativas, como por ejemplo las bicicletas de carga o reparto, así como las bicicletas adaptadas para personas con discapacidad, ambas seriamente perjudicadas por una normativa desfasada.

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Bicicleta eléctrica. Foto: Jürgen Polle

A modo de ejemplo, las bicicletas eléctricas cuya asistencia está limitada a 25 km/h, pero sin embargo cuentan con un motor de más de 250W de potencia, son muy difíciles de homologar por los fabricantes y por tanto el número de modelos de este tipo se muy bajo respecto a otras opciones. Estas características son ideales para desarrollar bicicletas de carga o transporte que necesitan una potencia extra para mover peso adicional, y sin embargo no son tenidas en cuenta en la normativa europea.

Otro ejemplo claro es el que tiene que ver con las personas con discapacidad. Con la normativa actual, los usuarios que no pueden pedalear por razones físicas no pueden acceder a una bicicleta eléctrica homologada como tal que cuente con un acelerador en el puño o alguna otra adaptación especial, ya que según las regulaciones vigentes no se trataría de una bicicleta eléctrica sino de un ciclomotor con lo que ello conlleva.

Por estas y otras razones, la Asociación Europea de Vehículos Eléctricos Ligeros (LEVA-EU) y la Comisión Europea han iniciado una serie de reuniones donde se pretende revisar la normativa de las bicicletas eléctricas con una regulación más clara que permita hacer despegar la movilidad eléctrica también en otros sectores potencialmente interesantes como los mencionados.